SAT 2024: CONOCE LOS INGRESOS POR LOS QUE NO TE COBRARÁN IMPUESTOS

SAT 2024: CONOCE LOS INGRESOS POR LOS QUE NO TE COBRARÁN IMPUESTOS

23 de julio de 2024 0 Por Redacción

En 2024, una correcta administración de tus ingresos puede marcar la diferencia en tu estabilidad financiera. ¿Sabías que hay ciertos ingresos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no te cobra impuestos? Conocer estos conceptos te permitirá gestionar tus finanzas de manera más eficiente y cumplir con tus obligaciones fiscales sin pagar de más. Aquí te revelamos cuáles son estos ingresos exentos y cómo puedes beneficiarte de ellos.

En México, el SAT supervisa las obligaciones fiscales de los ciudadanos. Aunque la mayoría de los ingresos están sujetos a impuestos, existen algunos que están exentos de tributación. Te decimos cuáles son los conceptos de ingresos por los que el SAT no te cobra impuestos en 2024.

¿Qué ingresos están exentos de impuestos en 2024?

Existen ciertas situaciones en las que no es necesario pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por algunos tipos de ingresos, debido a su tratamiento fiscal específico. A continuación, te proporcionamos una lista de 10 conceptos de ingresos por los que el SAT no te cobra impuestos este 2024.

  1. Aguinaldo: Esta prestación laboral, que equivale a al menos 15 días de salario al final del año, está exenta de impuestos siempre y cuando no exceda de 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria.
  2. Cuotas al IMSS: Las aportaciones patronales destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no están sujetas a impuestos.
  3. Horas extra: Los pagos por horas extra están exentos de impuestos si ganas el equivalente al salario mínimo y trabajas un máximo de tres horas al día y nueve horas a la semana. Para aquellos que ganan más del salario mínimo, la exención aplica solo a la mitad de las percepciones por horas extra y no puede superar cinco veces la UMA semanal.
  4. Utilidades: La participación de utilidades recibida anualmente está exenta de impuestos siempre que no rebase el equivalente a 15 veces la UMA vigente.
  5. Prima vacacional: El pago adicional por vacaciones está libre de impuestos hasta un umbral de 15 UMAS.
  6. Prima dominical: El pago recibido por trabajar los domingos está exento de impuestos si no supera el equivalente a una UMA (103.74 pesos en 2024).
  7. Fondo de ahorro: Las aportaciones al fondo de ahorro ofrecido por la empresa no están sujetas a impuestos.
  8. Pólizas de seguro de gastos médicos mayores: Los reembolsos recibidos conforme a los términos del contrato de una póliza de seguro de gastos médicos mayores están exentos de impuestos.
  9. Reembolsos de gastos médicos y funerarios: Los reembolsos por gastos médicos, hospitalarios, de enfermería, dentales y funerarios, de acuerdo con las leyes laborales y los términos del contrato, no están sujetos a tributación.
  10. Viáticos y gastos de viaje: Los viáticos y gastos de viaje realizados en cumplimiento de actividades laborales están exentos de impuestos siempre y cuando se cuente con los comprobantes fiscales que los acrediten como deducibles ante el fisco.

Detalles sobre cada ingreso exento

  1. Aguinaldo: El aguinaldo es una prestación anual obligatoria en México, y representa una parte importante del ingreso de los trabajadores. La exención fiscal se aplica solo si el monto no supera 30 veces la UMA diaria, lo cual en 2024 equivale a aproximadamente 3,112.20 pesos. Si el aguinaldo recibido es mayor, solo la cantidad excedente será gravada.
  2. Cuotas al IMSS: Las aportaciones que tu empleador realiza al IMSS por concepto de seguridad social no se consideran ingresos gravables para ti. Estas cuotas incluyen seguro de enfermedades, maternidad, riesgo de trabajo, invalidez, vida, guarderías y prestaciones sociales, entre otros.
  3. Horas extra: El pago por horas extra puede representar una fuente significativa de ingresos adicionales. Para estar exento de impuestos, es crucial que el trabajador no exceda de tres horas diarias ni de nueve horas semanales. Para aquellos que ganan más del salario mínimo, solo se exime de impuestos hasta la mitad del pago recibido por horas extra, siempre y cuando no exceda cinco veces la UMA semanal.
  4. Utilidades: La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU) es un derecho constitucional. La exención de impuestos se aplica cuando el monto no supera 15 veces la UMA vigente. Esto incentiva la transparencia y el reparto justo de las ganancias empresariales.
  5. Prima vacacional: La prima vacacional es un beneficio que reciben los empleados al disfrutar de sus vacaciones. La exención fiscal se limita a un máximo de 15 UMAS, es decir, unos 1,556.10 pesos en 2024. Esta prima se suma al salario ordinario y busca compensar los días de descanso.
  6. Prima dominical: El trabajo en domingo es recompensado con una prima dominical, que está exenta de impuestos si no excede una UMA, lo que equivale a 103.74 pesos en 2024. Este beneficio reconoce el esfuerzo adicional de laborar en un día tradicionalmente de descanso.
  7. Fondo de ahorro: El fondo de ahorro es un mecanismo de previsión social que fomenta el ahorro entre los trabajadores. Las aportaciones hechas tanto por el empleado como por el empleador están exentas de impuestos, siempre y cuando no excedan del 13% del salario del trabajador ni de 1.3 veces la UMA anual.
  8. Pólizas de seguro de gastos médicos mayores: Los reembolsos de gastos médicos derivados de pólizas de seguro están libres de impuestos. Este ingreso no se considera gravable ya que representa un reembolso por gastos médicos realizados, y no una ganancia.
  9. Reembolsos de gastos médicos y funerarios: Similar a las pólizas de seguro, los reembolsos por gastos médicos y funerarios no son considerados ingresos gravables. Estos reembolsos cubren gastos necesarios y esenciales, y su exención busca aliviar la carga financiera de los empleados en situaciones de salud y emergencia.
  10. Viáticos y gastos de viaje: Los viáticos y gastos de viaje están exentos de impuestos siempre y cuando se cuente con los comprobantes fiscales correspondientes y se relacionen directamente con las actividades laborales. Esta exención fomenta la movilidad y el cumplimiento de responsabilidades laborales fuera del lugar de trabajo habitual.

Fuente: Quinto Poder